Estos son los 10 puntos que debes saber sobre el DAP

Para evitar especulaciones y rumores sobre el nuevo esquema de cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP), para algunos municipios de la entidad, aquí respondemos a las 10 preguntas que más se hace la ciudadanía sobre el cobro de este derecho.

¿Con el nuevo cobro del DAP, pagaremos más?

No, para evitar que eso suceda se estableció un estímulo fiscal obligatorio cuya fórmula garantiza nadie acabe pagando ni un centavo más de lo que pagaba anteriormente.

¿Cuáles son los beneficios del DAP?

El nuevo esquema de cobro del DAP permite transparentar el proceso, obligando a los municipios a que rindan cuentas a los ciudadanos de lo que se cobra y al mismo tiempo, obliga a los municipios a utilizar lo cobrado para garantizar el mantenimiento y buen funcionamiento del sistema de alumbrado público.

¿Seguirán cobrando el DAP a través del recibo de CFE?

Sí, a través del recibo de la CFE para quienes tienen contrato con dicha empresa. 

Y por medio de la tesorería municipal para quienes no tienen contrato con la CFE. 

¿Si no tengo contrato con CFE tengo que pagar el DAP?

Sí, todos los predios del municipio serán sujetos al pago del DAP, en este caso el cobro se haría vía tesorería municipal de forma mensual, semestral o anual, según lo determine cada municipio.

¿Si no tengo alumbrado público, tengo que pagar DAP?

El DAP busca generar recursos para que los municipios mantengan y mejoren la prestación de los servicios de alumbrado público, por lo que los contribuyentes tendrán todo el derecho de exigirle al municipio que el alumbrado público funcione y en caso de que no sea así, solicitarle que se le exente del pago de dicho derecho.

¿Si sube el costo de la luz subirá la cuota de DAP a pagar?

No, la cuota del DAP a pagar se quedará constante en lo que se estableció en la Ley de Ingresos de cada municipio, garantizando que las personas sigan pagando lo mismo

¿Tengo que hacer algo para que me aplique el estímulo fiscal? ¿Cómo lo solicito?

No, el estímulo fiscal quedó plasmado como obligatorio en las leyes de ingresos de los municipios por lo que se aplicará en automático antes del cobro, y la cantidad de DAP jamás superará lo que le tocaba pagar en el esquema anterior.

¿Si no tengo cuenta predial tengo que pagar DAP?

Sí, todos los predios del municipio serán sujetos al pago del DAP.

¿Una empresa paga el mismo DAP que una casa?

No, aunque hay una cuota fija para todos los predios de un municipio, se estableció un estímulo fiscal que consiste en disminuir la cuota de DAP de forma que el contribuyente pague exactamente lo mismo que le correspondía bajo el esquema anterior y el municipio cubra el resto del monto para llegar a la cuota fija.

¿Una empresa que antes pagaba miles de pesos de DAP ahora solo pagarán la cuota fija?

Ahora todas las empresas que en el esquema anterior les correspondía pagar más que la nueva cuota fija de DAP, no tendrán derecho a estímulo fiscal y deberán pagar la nueva cuota fija completa. Las únicas empresas que pagarán menos DAP que antes serán solo las que consumen más de 3,500 pesos de luz al mes (que antes pagaban el 2% de su consumo, es decir 70 pesos de DAP).