- Las y los integrantes de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia admitieron que no es una facultad del Congreso del Estado, legislar en materia procesal civil
- De la misma forma, se turnaron para discutir en la próxima sesión dos puntos por no llegar a un acuerdo en la votación para reformar la resolución de los considerandos
En sesión virtual de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia de la LX Legislatura de Congreso del Estado, se aprobó un dictamen en materia de Código de Procedimientos Civiles, el cual se declaró como improcedente, con el argumento de que no es una facultad de esta Soberanía legislar en materia procesal civil.
De esta manera, se aprobó archivar la iniciativa que dio origen a los dictámenes sometidos a discusión, ya que no es una facultad del Congreso del Estado, legislar en materia procesal civil, toda vez que, a partir de la entrada en vigor de la Reforma Constitucional, solo compete al Congreso Federal, trabajar en materia procesal civil y familiar.
En este sentido, se aprobó por unanimidad el dictamen por virtud del cual se declara improcedente la iniciativa de decreto por la que se “Adiciona el capítulo primero bis, dentro del libro cuarto, con los artículos 687 bis, 687 ter, y 687 quater, al Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, y se adiciona el artículo 291 bis al Código Civil para el Estado”.
En este sentido, la diputada María del Carmen Cabrera Camacho, propuso que no se realizaran cambios a los dictámenes toda vez que hay un argumento constitucional para que se dictamine como improcedente y no que se tome en cuenta el archivarlo por un tema de caducidad.
Mientras que la diputada Rocío García Olmedo propuso que se incluyera un párrafo en los considerandos derivado de que esta iniciativa cumplió los 180 días desde que se turnó a la Comisión para ser estudiada y que pudiera ser un elemento más para declararlo como improcedente.
Además, se turnó a discusión a una próxima sesión el dictamen por virtud del cual se declara improcedente la iniciativa de decreto por la que se “Reforma el último párrafo del artículo 701 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado”, toda vez que no se llegó a un acuerdo en la votación de una propuesta de inclusión en el considerando por parte de la diputada Rocío García Olmedo.
Lo mismo ocurrió con el dictamen por virtud del cual se declara improcedente la iniciativa de decreto por la que se “Reforman las fracciones III a la V y se adiciona la fracción VI al artículo 701 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado”.
En Asuntos Generales la diputada María del Carmen Cabrera Camacho solicitó que no se vuelvan a presentar reformas al Código de Procedimientos Civiles para el Estado, respetando que no es una facultad del Congreso del Estado legislar en la materia.